Mediación

¿Sabe qué es la mediación?

La mediación es una forma de resolver los conflictos de forma extrajudicial que puedan surgir entre dos o más partes y que, de forma voluntaria, desean alcanzar un acuerdo por sí mismas con la intervención de un mediador.

El mediador es aquel profesional capacitado para conducir el proceso, actuando desde la imparcialidad, neutralidad y confidencialidad.

Los campos de intervención de la mediación son tantos como ámbitos donde puedan surgir conflictos, y así hablamos de mediación familiar, penal, laboral, mercantil, sanitaria, de tráfico, de consumo, etc.

El Dr. J. Alberto González forma parte de un equipo de mediadores altamente cualificados en la gestión y resolución positiva de conflictos en el ámbito sanitario y de accidentes de tráfico.

Preguntas frecuentes sobre la mediación sanitaria

Es una manera extrajudicial de resolver un conflicto entre dos o más partes. En ella es fundamental la voluntad de las partes e interviene un mediador que es imparcial para guiar el debate, pero en ningún caso propone soluciones. Son las partes las que deciden libre y voluntariamente si llegan o no a un acuerdo para poner fin al problema.

Porque el gran aporte de la mediación ante un conflicto es la sustitución del concepto tradicional de “ganar-perder” en las disputas, por el de “ganar-ganar”.

En la mediación, las dos partes en conflicto deben estar de acuerdo y, por lo tanto, las dos ganan. Esta concepción de “ganar-ganar” no solo afecta a los resultados, sino también al proceso mismo de la mediación al modificar la actitud de las partes implicadas.

De una manera muy sencilla podemos decir que, una vez acordada la fecha para la mediación, las partes deben concretar los temas sobre los que quieren tratar. Cada una tendrá su turno de palabra para exponer sus argumentos y es aquí donde tiene mucha importancia la figura del mediador, ya que tiene que garantizar que el diálogo discurre con normalidad, intentando rebajar en todo momento la tensión y generando confianza.

Una vez que cada una de las partes ha expuesto sus argumentos, es momento de comenzar a trabajar en la búsqueda de soluciones. El mediador no propondrá soluciones, pero intentará que las partes puedan alcanzar un acuerdo entre ellas. En ocasiones, es necesario más de un sesión y todo el proceso está regulado.

No. Es necesario que todas las partes deseen resolver el conflicto mediante la mediación. Si una de ellas no está conforme o no lo desea, no es posible. Uno de los principios de la mediación es la voluntariedad de las partes.

Para ello, antes de iniciar el proceso, el mediador explica a las partes por separado y conjuntamente en qué consiste la mediación y cómo es la metodología que se debe seguir. Si una no está conforme, no es posible llevarlo a cabo.

No necesariamente.

Normalmente hay acuerdo entre las partes en conflicto, pero en ocasiones esto no ocurre. No olvidemos que son las partes las que llegan a un acuerdo entre ellas y, por eso, todas “ganan”. En ocasiones el acuerdo puede ser solo parcial e incluso no haberlo.

En cualquier caso, el mediador levantará un acta final donde se recogerá si ha habido o no acuerdo, si este es total o parcial y en qué términos.

No. Ambas coinciden en ser métodos extrajudiciales para resolver conflictos, pero son diferentes.

En el arbitraje, la solución del conflicto viene impuesta desde fuera por un tercero imparcial que es libremente designado por las partes. Su decisión queda reflejada en un laudo que es inapelable.

En la mediación, no se impone ninguna solución por un tercero. Son las partes las que llegan al acuerdo.

Es un papel clave para el buen éxito, pero siempre desde le neutralidad y confidencialidad. Esa es su garantía.

Las partes van a intervenir con plena igualdad de oportunidades, manteniendo el equilibrio entre sus posiciones y el respeto hacia las de la otra parte, y siempre desde la libertad de no estar obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación ni a concluir necesariamente en un acuerdo.

Si bien, en la mayoría de las veces, por esa voluntariedad y buena fe de las partes y la neutralidad y confidencialidad del mediador que dirige todo el proceso, las partes llegan a un acuerdo.

No. Durante el tiempo en el que se desarrolle la mediación, no se podrá ejercitar ninguna acción judicial o extrajudicial en relación con su objeto; excepto, la de la solicitud de las medidas cautelares u otras medidas urgentes imprescindibles para evitar la pérdida irreversible de bienes y derechos.

Es más, los tribunales tampoco conocerán las controversias sometidas a la mediación durante el tiempo en que se desarrolle esta.

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